17 de noviembre de 2009

Regimen de Zonas Francas

Primero definiendo lo que es un régimen de zona franca seria conjunto de incentivos y beneficios que el Estado otorga a las empresas que realicen inversiones nuevas en el país. Las empresas que vienen a nuestro país son extranjeras se supone que ellas se instalan y nos traen beneficios, estas tienen por decirlo así mas queridas por el gobierno ya que tras de que generan empleo y producción al país también generan beneficios hacia el gobierno en si.
Tal vez muchas personas se preguntaran si es rentable para el país dar beneficios ha estas empresas, podemos decir que si primero como Costa Rica es un país pequeño tiene que aceptar a la mayoría de empresas extranjeras que quieran venir a instalarse para así mejorar un poco el país.
Estas empresas no llegan tan fácil que digamos a instalarse por lo que tenemos que ofrecer ciertas condiciones mínimas que hagan atractiva la elección de nuestro país como lugar para establecer operaciones: infraestructura, telecomunicaciones, incentivos fiscales y seguridad social, entre otros; de lo contrario, simplemente escogen otro país.
Igualmente podemos decir que las empresas que quieran entrar en este régimen tienen que ajustarse a una clarificación que es la siguiente.
  1. Industrias procesadoras de exportación que se dedican a procesar o ensamblar materia prima para la producción de un bien final que será exportado o reexportado.

  2. Empresas comerciales de exportación, se dedican a manipular, reempacar o redistribuir mercaderías y productos para la exportación o reexportación

  3. Industrias o empresas de servicios que los exporten a personas físicas o jurídicas ubicadas en el exterior.

  4. Empresas administradoras de parques, dedicadas a la instalación de empresas bajo el Régimen de Zonas Franca y a la administración y mantenimiento del parque.

  5. Empresas o entidades que se dediquen a la investigación científica para el mejoramiento del nivel tecnológico de la actividad industrial o agroindustrial y del comercio exterior del país.

  6. Empresas que operen astilleros y diques secos o flotantes para la construcción, reparación o mantenimiento de las embarcaciones.


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